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jueves, noviembre 21, 2024

Mató a su pareja, ocultó el cuerpo y confesó: le dieron once años y medio

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Gilda Acosta Duarte vivía en provincia de Buenos Aires cuando hace tres años ultimó a su pareja, Richard Sánchez Escobar a golpes de una pieza de cemento en la cabeza y luego con ahorcamiento. Ambos eran oriundos de Paraguay, pero se habían conocido en Argentina. Ella, con 20 años más, había entablado relación con el joven y ya tenía hijos de anteriores parejas.

Con el paso del tiempo, el vínculo se fue deteriorando hasta el punto en que la mujer en una noche de verano lo atacó con una pesa de cemento de unos diez kilos. Golpeó en la cabeza del hombre y le produjo traumatismo craneano. Pero no murió. Entonces, decidió usar un cable y continuar la faena hasta la muerte por ahorcamiento. El cuello tenía marcas de cinco vueltas del cable.

El drama no terminó ahí. Como eran inquilinos, y no podía sacar el cuerpo, decidió usar un ropero y cementar el cuerpo allí. Pese a ello, hubo signos de la descomposición del cuerpo como la presencia de moscas y olor fétido.

Cuatro meses aguantó esta situación hasta que ella misma se presentó ante la Justicia y confesó todo.

Tres años después, un jurado popular declaró finalmente culpable a Gilda Acosta Duarte (50), “acusada de matar a su pareja mientras dormía, en febrero de 2019, en Lomas de Zamora”, dijo la sentencia.

La historia ya había sido referida en estas mismas páginas y por ello merecía un remate.

Atenuantes: abusos y violencia

Pero había elementos que atenuaban la decisión  

Sin embargo, por la situación de violencia de género que sufría al momento del crimen, fue condenada por «homicidio en circunstancias extraordinarias de atenuación», por lo que se descarta que se aplique una pena de prisión perpetua.

Será perpetua de once años y medio, pero en domicilio (?)

Richard Sánchez Escobar había venido a la Argentina a trabajar

Ahora, a poco más de tres años, Acosta Duarte fue condenada a 11 años y medio de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 6 de Lomas de Zamora, a cargo de la jueza Marianela Mazzola, quien dispuso que cumpla su pena en su domicilio, en el que deberá permanecer con una tobillera electrónica.La mujer -hoy de 50 años- había sido declarada culpable por un jurado popular tras un juicio que terminó el 8 de mayo. Sólo faltaba que el Tribunal estableciera el monto de la sentencia,
Durante el debate, continuó con la declaración del hijo de la mujer -que se encontraba declarando cuando su madre se descompensó y debió ser atendida de urgencia. Luego se escucharon los testimonios de la ex pareja de la víctima y de una prima, ambas lo hicieron por video conferencia, desde Paraguay.
Luego, Gilda Acosta Duarte relató su versión de los hechos ante el jurado popular y describió los «maltratos» que recibía por parte de su pareja. La mujer interrumpió su declaración en dos oportunidades para ir al baño y para que se le controlara la presión.

El lugar del juicio oral y con jurados en Lomas de Zamora.

Homicidio agravado por conviviente y alevosía

La fiscalía indicó que la víctima no presentaba lesiones de defensa, y desacreditó así los dichos de la imputada quien aseguraba que se había desatado una lucha entre ambos y que ella presentaba lesiones. En ese sentido, manifestó que el relato de la mujer no era compatible con la posición de la víctima. «Las evidencias que se encontraron en la habitación y las pericias dan cuenta de que estaba dormido, por eso existió el agravante de alevosía», dijo.
También señaló que las «lesiones leves» en las manos de la mujer podrían haberse producido tras el hecho, al realizar «varias maniobras para ocultar el cadáver».
«No hay evidencias de violencia de género»

DiarioConurbano.com, único medio presente en la audiencia, pudo escuchar el duro testimonio de la acusada.
«Me trataba de vieja, gorda, y decía que era una inútil. Una vez Me dejó marcas y me tuve que maquillar para poder ir a trabajar», afirmó, y al referirse al momento del hecho expresó que tenía «miedo».


«Temí por mi vida y la de mis hijos. Era él o yo. Yo no soy así, no era esa persona. Actué mal como ciudadana, pero venía aguantando mucho con esta persona. Lo que él le hizo a mi familia no se lo deseo a nadie», sostuvo.
Gilda llegó a juicio por jurados acusada del delito de “homicidio agravado por ser la víctima pareja conviviente y por alevosía”, que prevé una pena de prisión perpetua. La fiscal Marcela Dimundo necesitaba que los doce miembros del jurado popular estuvieran de acuerdo.
Sin embargo, el jurado popular, por mayoría, es decir por 10 votos, la encontró culpable del delito de “homicidio agravado por haber sido la víctima su pareja conviviente, con circunstancias extraordinarias de atenuación”.

“Fue víctima pero desde antes”

Para la fiscalía la acusada aprovechando de que su pareja se encontraba durmiendo decidió quitarle la vida efectuándole varios golpes en la cabeza, causándole traumatismo de cráneo, y luego lo estranguló con un cable.
Para la representante del Ministerio Público, Marcela Dimundo, los testimonios aportados por la defensa, entre ellos, los de la acusada en entrevistas con psicólogos y peritos, así como los de familiares y amigos, “no acredita” que en esta pareja haya existido violencia de género.
En ese sentido, argumentó que «fue víctima de violencia de género» si se tiene en cuenta la historia de vida de la mujer que es madre de seis hijos, que fue abandonada por el padre de sus hijos y que durante su infancia sufrió abusos, pero no es una evidencia para decir que es un «violento» y «cargar toda la culpa en su última pareja».

La fiscal Dimundo, a cargo de la acusación


«Hay certezas de que Gilda tenía una participación activa en la pareja, por eso su relato de vida no sirve para explicar la muerte», argumentó la fiscal Dimundo.
Al referirse al abuso sufrido por los hijos de la mujer, señaló que si estuviera viva la víctima «merece todo el peso de la ley». Sin embargo, Gilda «al hacer justicia por mano propia, puso a sus hijos la obligación de lidiar con el muerto porque los hizo participar», indicó.
En el inicio de la investigación, dos de los hijos de Acosta fueron detenidos por el delito de  encubrimiento, pero luego fueron sobreseídos.

La defensa de Gilda

Para la defensora oficial Paula Rodríguez Herlein, la imputada actuó bajo la «legítima defensa en el contexto de violencia de género» al enterarse del abuso de sus hijos y pidió la circunstancia extraordinaria de atenuación “debido al estado de alteración mental emocional” en el que se encontraba en el momento del hecho. Además, señaló que «el peligro ya existía porque Richard amenazaba con matarla a ella y a sus hijos si lo denunciaba».
La hipótesis de la defensa es que la víctima «no estaba dormida».

Además, afirma que hubo un «enfrentamiento» y que Acosta se defendió.

Richard en foto de su Facebook

Por ello, solicitó al jurado que se «ponga» en el lugar de Gilda y que pronuncie el veredicto de no culpabilidad.
Durante las tres jornadas declararon varios testigos, entre ellos, familiares, vecinos y amigas de la imputada, los dueños de la casa donde vivía la pareja, efectivos policiales, peritos y psicólogos, una hermana, la sobrina, y la ex pareja de la víctima.

Fin de la historia

Así el  jurado popular la había declarado culpable del “homicidio mediando circunstancias extraordinarias de atenuación” de Richard.

De esta manera, la fiscal pidió en la audiencia de censura que sea condenada a trece años de prisión y que el arresto domiciliario, que ya era supervisado por personal de una comisaría cercana a su vivienda, sea monitoreado con una tobillera electrónica.

En tanto, la defensa de la acusada solicitó que reciba ocho años de prisión, la pena mínima de ese delito.

Así, la jueza tenía las opciones: debía decidir si la mujer condenada continúa con prisión domiciliaria o si es obligada a cumplir la pena en una cárcel.

Se optó por la primera.

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