Una chaqueña hizo la demanda. La justicia le fue dando la razón en las diversas instancias hasta llegar a la Suprema Corte de Justicia. Pese a que el producto en cuestión estaba abierto, y por ende manipulado, la máxima autoridad de Justicia de la Nación resolvió, con la firma de los jueces Highton de Nolasco, Lorenzetti y Rosatti, desestimar el recurso de queja interpuesto en esta causa por Arcor Sociedad Anónima Industrial y Comercial. El caso data de fines de 2019 pero sigue llamando la atención por la decisión
El caso comenzó cuando una mujer del Chaco encontró una pieza dentaria en el interior de una barra de cereal. A partir del hecho, Arcor fue sancionada —en los términos de la ley de defensa del consumidor (ley 24.240 y sus modificatorias)— como fabricante del producto, al igual que el vendedor y el distribuidor.
Hay que decirlo todo: es un caso excepcional. Los industriales temen cuando un comprador requiere a Defensa del Consumidor con algún defecto del producto que adquirió: En Posadas, el caso más famoso fue el de un usuario que halló un trozo de madera dentro del paquete de fideos. Pese a que la inocuidad en la mayoría de estos casos puede estar asegurada (el producto hay que hervirlo antes de ingerirlo y por ende, no conllevaba riesgos para la salud) al acudir a la conciliación entre el demandante y la firma elaboradora (una de las más famosas multinacionales del país) que envasaba estos paquetes, el abogado
presentó una muy considerable cifra de compensación que podían representar miles de paquetes de fideos. El caso terminó ni bien empezado. El demandante tomó su cheque; el abogado de la empresa multinacional tomó el paquete CERRADO y se lo llevó. Y asunto terminado Aquí fue una cuestión diferente. Porque la usuaria sí había abierto el envoltorio.
Y sin embargo ocurrió.
Posteriormente, el Superior Tribunal de Justicia de Chaco confirmó la multa a Arcor por la aparición de un elemento extraño dentro del envoltorio de una barra de cereal, ya que solo podía válidamente imputársele al fabricante porque “la anomalía únicamente pudo generarse en el proceso de elaboración de la mercadería”, informó el Centro fde Información Judicial
Así las cosas durante el año 2018 administrativamente ya se había sancionado tanto a la mencionada compañía, en su condición de fabricante del producto, como al vendedor y al distribuidor de dicha mercadería.
Al fallar de esta manera, el Tribunal dejó firme el pronunciamiento del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco que había confirmado, exclusivamente con relación al fabricante del producto, la multa impuesta, en el entendimiento de que la aparición de un elemento extraño dentro del envoltorio de una barra de cereal solo podía válidamente imputársele a aquél, en tanto la anomalía únicamente pudo generarse en el proceso de elaboración de la mercadería.
Arcor hizo su descargo tras caer el recurso de queja
Una vez conocida la resolución del Máximo Tribunal, desde la empresa emitieron un comunicado “lamentando” el fallo.
“El Grupo Arcor lamenta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya declarado inadmisible el recurso presentado por la compañía. Con ello vedó la posibilidad de revisar la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Chaco que confirmó la sanción, resolución que vulnera abiertamente los principios constitucionales de inocencia, debido proceso y derecho de defensa de la compañía, toda vez que condenó a la empresa al pago de una multa sin que el consumidor y/o la Dirección de Comercio Interior de la provincia hubiesen producido prueba para acreditar el hecho denunciado, el que nunca se comprobó”, señaló la firma cordobesa.
Según la empresa, “la Dirección Provincial de Bromatología (del Chaco) había determinado que no podía técnicamente dictaminar sobre un producto que ‘se encontraba abierto parcialmente consumido, con rótulo identificatorio dañado y así carente de valor legal para emitir un dictamen'”.
Esto es claro: cómo saber si el diente no pertenecía a la propia consumidora y se le había caído al tratar de comer la barra de cereal (que suelen ser muy duras). Esa duda quedará en los anales de la Justicia.
Fuente: Centro de Información Judicial (CIJ) y medios provinciales