Son los tres documentos que a partir de ahora serán exigibles para conducir. Se desprende del nuevo Decreto emitido por el gobierno nacional. Dejan de ser exigibles la VTV y recibo de póliza o comprobante de seguro
A partir de ahora los únicos documentos exigibles para circular con el automotor serán la cédula de identificación del vehículo, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente. Así lo señaló un informe de la revista Parabrisas. Las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos para su uso legítimo. Además, será obligatorio exhibir la documentación a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos salvo que mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden judicial.
Así, tanto la famosa VTV como el comprobante de la póliza del seguro dejaron de ser obligatorios para circular.
Además de los cambios en el listado de la documentación necesaria para poder circular por el país, también se eliminó la obligatoriedad del libre de deuda para inscribir o transferir un vehículo. Este trámite era imposible de realizar si la condición de libre de deudas no se cumplía.
“No podrá restringirse o limitarse la inmediata inscripción del dominio de los automotores o de sus transmisiones por normas de carácter administrativo ajenas a los aranceles del Registro. La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el Registro”, señala el texto.
En cuanto a los costos de patentamiento y transferencia, por el momento no se realizaron modificaciones, como tampoco en el pago de patentes. En relación a esto último, varios diputados presentaron un proyecto de ley en el que se propone un arancel único y accesible para este tipo de trámites y obligaciones.