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domingo, octubre 6, 2024

Comenzarán a tratar la baja en la edad de imputabilidad

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Será en Diputados. El proyecto del oficialismo que plantea sanciones penales desde los 13 años. Qué más propone

Enancado en el concepto “pueden manejar, pueden votar, pueden realizar muchas cosas de adultos, pero no se hacen cargo de sus delitos”, el proyecto para bajar la edad de imputabilidad a 13 años enviado la semana pasada será tratado en la Cámara de Diputados a partir del miércoles 31de julio en un plenario de las comisiones de Legislación Penal, Justicia y Presupuesto y Hacienda .

La edad de imputabilidad es el límite inferior a partir del cual los adolescentes pueden ser juzgados e ir a la cárcel. En la Argentina, esta edad se estableció en los 16 años, pero el Ministerio de Seguridad publicó un comunicado donde indica que envió un proyecto de ley al Congreso para bajarla a 13 años.

La propuesta del Poder Ejecutivo basada en la premisa “delito de adulto, pena de adulto”, propone un nuevo régimen penal juvenil para jóvenes de entre 13 y 18 años “cuando fueran imputados por un hecho tipificado como delito en el Código Penal o en las leyes penales especiales vigentes o que se dicten en el futuro”, consignó BaeNegocios.

En cuanto a las penas, el proyecto detalla que podría reemplazarse la prisión por una amonestación, monitoreo electrónico, prohibiciones específicas (como salir del país o conducir un vehículo) o la prestación de servicios a la comunidad solo cuando el delito “supere los 3 años de prisión y hasta un máximo de 6 años, y ninguno de los hechos reprochados haya implicado la muerte de la víctima, una grave violencia física o psíquica sobre las personas”.

En otros países, Uruguay mantiene la imputabilidad penal a los 18 años y cuenta con un sistema infraccional adolescente para menores de 13 a 17 años. En Brasil, la mayoría de edad penal es también a los 18 años, con medidas socioeducativas a partir de los 12 años. En Chile la situación es similar, pero hay un sistema de justicia penal especial para mayores de 14.

También “si se tratare de delitos culposos, no existieran lesiones gravísimas ni se haya causado la muerte o un daño psíquico grave a la víctima y el adolescente imputado no registraré condenas u otros procesos en trámite”.

En el caso de la pena privativa de la libertad, se explica que podrá realizarse en el domicilio, en un instituto abierto, en un instituto especializado de detención o en una sección separada de un establecimiento penitenciario adecuada para el tratamiento de adolescentes.

“La decisión deberá ser tomada por el tribunal o juez en una resolución en el que se expongan los motivos que justifican la privación de la libertad y deberá indicarse el lugar de cumplimiento”, especifica el documento.

“En términos más académicos se hace una diferenciación entre imputabilidad y responsabilidad penal juvenil: la edad a la que una persona ingresa al sistema penal de adultos sería la imputabilidad plena, y la edad a la que ingresa a un sistema especializado para menores de edad -que tiene penas mucho más bajas para los mismos delitos- sería la responsabilidad penal juvenil”, indicó a Chequeado Sebastián Vázquez, politólogo (UBA) a cargo del equipo de investigación social de la Fundación Sur.

Los puntos claves del proyecto

No estará admitida “la imposición de las penas privativas de la libertad de reclusión perpetua y de prisión perpetua” detalla el proyecto y se explica que el plazo máximo de condena, será de 20 años.

Otro párrafo agrega que cuando el adolescente cumpla de 2 a 3 años de la pena que reciba “y se dieran las circunstancias previstas en el Código Penal” podrán otorgarle la libertad condicional.

En caso de encarcelamiento se indica que los adolescentes no deben ser puestos en los mismos pabellones que los adultos y deben alojarse “en un instituto adecuado” o en una sección separada”. 

“La finalidad del régimen de responsabilidad penal juvenil es fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”, argumenta el proyecto. 

Entre las medidas complementarias figuran “el asesoramiento, orientación o supervisión periódica de un equipo interdisciplinario; la asistencia a programas educativos, de formación ciudadana, de capacitación laboral, deportivos; y la participación en un tratamiento médico o psicológico por el plazo que los profesionales de la salud estimen necesario”.

El proyecto sienta sus bases en la denuncia de que “actualmente, los delitos cometidos por adolescentes de menos de 16 años quedan impunes“, lo cual “genera una situación de injusticia, que perciben tanto las víctimas como la sociedad en general”.

Y agrega que el piso actual de 16 años para ser imputable está alejado de los otros países de la región, como en Chile, Colombia y Perú, donde es de 14 años; Guatemala, Nicaragua y Uruguay, a los 13 años; Brasil y México, a los 12 años; y Granada y Trinidad y Tobago, a los 7 años.

Qué hacer. Este adolescente con 14 años ya tenía cuatro asesinatos cometidos

Los que se oponen

Del otro lado, el colectivo de especialistas y organizaciones sociales, políticas, culturales, sindicales y de derechos humanos expuso sus razones de oponerse

1 Son pocos. es una falacia ya que es ínfimo el porcentaje de delitos graves cometidos por adolescentes, y menos aún de 14 y 15 años.

2 Empeora la situación en vez de resolverla. Por la naturaleza de los delitos cometidos por los más jóvenes (delitos contra la propiedad y no contra las personas), aplicar políticas de endurecimiento penal es contraproducente. 

3 utiliza  los adolescentes como “chivo expiatorio” de las situaciones de violencia, violación de derechos, pobreza, delincuencia, abandono de políticas del Estado 

4 Es inconstitucional porque viola el principio de no regresividad, que implica que no se puede retroceder en un derecho. 

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