Tenía atrasos por un buen monto. Y los jueces buscaron algún tipo de coacción. Un fallo de Río Negro dispuso suspender los servicios digitales a un progenitor moroso hasta que regularice una deuda de casi $4 millones. Los argumentos y por qué apuntaron a consumos no esenciales
El hombre se hacía «el sota» y no estaba depositando el dinero que correspondía por cuota alimentaria. Y la Justicia empezó a ver cómo podía lograr que pague.
Una sentencia que fija una cuota alimentaria no siempre significa que el dinero llegue a quienes más lo necesitan. Embargos, intimaciones, inhibiciones y otras herramientas tradicionales muchas veces se agotan sin conseguir que un padre o una madre cumpla con la obligación de sostener económicamente a sus hijos. Mientras la deuda crece y las necesidades de los chicos no esperan, muchos deudores alimentarios continúan con su vida cotidiana, sus consumos y sus gastos como si esa obligación no existiera. el caso de los viajeros al Mundial de fútbol puso también esto en evidencia. Pero había más.
Frente a esa realidad, la Justicia comenzó a explorar caminos menos tradicionales. ¿Cómo lograr que alguien que desoye una sentencia finalmente pague? ¿Hasta dónde se puede avanzar para generar una incomodidad capaz de modificar una conducta que las herramientas habituales no consiguieron torcer?
Un fallo dictado en Río Negro acaba de ensayar una respuesta: si un progenitor no cumple con las necesidades básicas de sus hijos, tampoco podrá seguir destinando dinero a determinados consumos de entretenimiento y confort personal.
La Justicia ordenó la suspensión de servicios de streaming como Netflix, Disney+ y otras plataformas digitales que tenga contratadas un progenitor que acumula una deuda alimentaria de casi $4 millones. La restricción se mantendrá hasta que regularice su situación.

La decisión apunta directamente sobre aquellos consumos digitales considerados no esenciales y los convierte en una herramienta coercitiva frente al incumplimiento de una obligación prioritaria: garantizar la manutención de los hijos.
El razonamiento detrás de la resolución es claro: si las medidas convencionales no alcanzan para lograr que un deudor alimentario cumpla, la Justicia puede buscar otros mecanismos capaces de impactar en su vida cotidiana. Y, en ese esquema, los gastos destinados al entretenimiento y al confort personal no pueden anteponerse a una cuota destinada a cubrir las necesidades de sus hijos.
Por qué la Justicia decidió suspender Netflix y Disney+
La particularidad del fallo radica precisamente en el mecanismo elegido para intentar conseguir el cumplimiento de la obligación.
En lugar de limitarse a las herramientas patrimoniales tradicionales, la Justicia decidió avanzar sobre los consumos y servicios digitales no esenciales contratados por el demandado.
De esta manera, la suspensión de plataformas como Netflix o Disney+ funciona como una medida coercitiva destinada a generar una incomodidad concreta en la vida cotidiana del deudor y lograr que reordene sus prioridades económicas.
El razonamiento judicial coloca así frente a frente dos tipos de gastos: por un lado, aquellos vinculados con el entretenimiento y el esparcimiento personal; por otro, las necesidades básicas e impostergables de los hijos.
La obligación alimentaria ocupa, en ese esquema, un lugar prioritario. Por eso, mientras persista el incumplimiento y continúe pendiente la deuda de casi $4 millones, el progenitor no podrá mantener determinados consumos considerados prescindibles.
Qué busca la Justicia con la suspensión de las plataformas
La resolución se inscribe dentro de un criterio judicial que busca encontrar nuevas herramientas para conseguir el cumplimiento efectivo de las cuotas alimentarias, especialmente cuando los mecanismos tradicionales no producen resultados.
La finalidad no pasa solamente por establecer judicialmente cuánto debe pagar un progenitor, sino por conseguir que esa obligación se cumpla efectivamente.
Ese es uno de los grandes problemas que enfrentan los tribunales de Familia: una sentencia favorable no necesariamente se traduce en el cobro de los alimentos. Cuando el obligado persiste en el incumplimiento, las herramientas judiciales deben intentar sortear una resistencia que, en muchos casos, se prolonga mientras la deuda continúa aumentando.
El interés superior de los hijos, en el centro del fallo
La decisión también se apoya en la necesidad de garantizar una protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
En materia alimentaria, el cumplimiento de la obligación resulta fundamental porque no se limita estrictamente a la provisión de comida. Comprende los recursos necesarios para afrontar distintos aspectos de la vida cotidiana y el desarrollo de los hijos.
Vivienda, educación, salud, vestimenta y actividades forman parte de una estructura de gastos que continúa existiendo aunque uno de los progenitores decida no cumplir con su aporte. En esos casos, la carga económica suele quedar concentrada sobre quien efectivamente se hace cargo de las necesidades cotidianas de los hijos.
Fuente iProfesional









