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viernes, julio 31, 2026

Unos 200 mil misioneros dejan de pagar retenciones de billeteras virtuales

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Desde agosto, ya no hay más descuentos a las transferencias en QR y la medida alcanza a más de 200 mil misioneros que realicen operaciones de hasta $1.184.000 mensuales. El beneficio apunta especialmente a pequeños comerciantes, emprendedores y monotributistas de categorías bajas, que dejarán de sufrir retenciones anticipadas de Ingresos Brutos. El ejemplo de los feriantes y cómo ahora así aceptan pagos con QR

Hasta ahora era así: ,si una persona recibía dinero de un familiar para afrontar un gasto compartido, recibía el reintegro de una compra realizada para terceros o percibía un cobro ocasional, esa operación quedaba alcanzada automáticamente por una retención . Ahora todo cambia. Así, bajo el nuevo esquema, siempre que se encuentre dentro de los parámetros establecidos, ya no habrá más descuentos.  La eliminación de las retenciones a las operaciones con billeteras virtuales (el ejemplo clásico es el uso de Mercado Pago) sobre operaciones realizadas y cuentas bancarias alcanza a más de 200 mil misioneros desde agosto. El beneficio comprende transacciones de hasta $1.184.000 mensuales (el tope de la categoría D de Monotributo) y está dirigido especialmente a pequeños comerciantes, emprendedores, monotributistas de categorías bajas y personas que utilizan estos medios para sus operaciones cotidianas.

La medida permitirá que quienes se encuentren dentro del límite establecido dejen de sufrir descuentos en concepto de anticipo de Ingresos Brutos cada vez que reciben una transferencia. La aplicación será automática, por lo que los beneficiarios no deberán realizar ningún trámite para acceder al alivio.

La modificación quedó establecida a través de la Resolución General 11/2026 de la Agencia Tributaria Misiones (ATM). El objetivo principal es diferenciar los movimientos propios de la economía personal de aquellos vinculados con una actividad comercial o económica habitual.

De esta manera, recibir una transferencia o un pago electrónico dejará de ser, por sí mismo, motivo para aplicar una retención fiscal. Esto contempla situaciones habituales como transferencias entre familiares, reintegros de gastos compartidos o cobros ocasionales.

Cómo funcionará

A partir del 1 de agosto, las personas que reciban transferencias electrónicas dentro de los parámetros establecidos por la nueva normativa no sufrirán retenciones automáticas por el solo hecho de utilizar una billetera virtual o una cuenta bancaria.

El beneficio contempla a quienes reciban transferencias de hasta $2.184.404 mensuales. Además, incluye a monotributistas de hasta categoría D, siempre que sus movimientos respondan a operaciones que no configuren una actividad económica habitual.

Por lo tanto, una transferencia personal no será considerada automáticamente como un ingreso comercial. La normativa busca evitar que movimientos cotidianos, como el envío de dinero entre familiares o el reintegro de un gasto, sean interpretados de manera automática como una operación alcanzada por retenciones.

En ese sentido, la Provincia adoptará los criterios de habitualidad establecidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para determinar cuándo existe una actividad económica.

La eliminación de las retenciones comprende tanto a las billeteras virtuales como a las cuentas bancarias tradicionales. Así, el régimen contempla las operaciones que se realizan mediante CVU y CBU.

El cambio busca brindar mayor previsibilidad a quienes utilizan estos medios para administrar sus gastos cotidianos. También apunta a reducir situaciones en las que una persona podía encontrarse con una retención fiscal a partir de una transferencia que no representaba necesariamente una venta o un ingreso derivado de una actividad económica.

Uno de los puntos centrales de la modificación es que no toda transferencia será considerada una operación comercial. La Provincia utilizará el criterio de habitualidad para determinar cuándo corresponde aplicar el tratamiento tributario vinculado con una actividad económica.

Así, el objetivo es que el sistema pueda diferenciar los movimientos propios de una persona que utiliza una billetera virtual o una cuenta bancaria para sus operaciones cotidianas de aquellos que corresponden a alguien que desarrolla una actividad comercial de manera habitual.

Además, el límite establecido para acceder al beneficio es de $2.184.404 mensuales en transferencias recibidas. A su vez, el régimen contempla a monotributistas de hasta categoría D.

En Eldorado

La coordinadora del Mercado Concentrador Zonal de Eldorado, Noelia Kreklevich (foto abajo), afirmó que la eliminación de las retenciones sobre operaciones realizadas mediante billeteras virtuales y cuentas bancarias. “Muchos clientes pedían pagar con billeteras virtuales, pero los productores no podían ofrecer esa opción porque necesitaban disponer del dinero de inmediato. Lo que obtenían durante la jornada lo destinaban al combustible para trasladarse y a la compra de insumos para continuar con la producción”, le contó a LT 17 Radio Provincia.

Kreklevich explicó que los productores hortícolas enfrentaban dificultades para aceptar pagos mediante billeteras virtuales debido al impacto de las retenciones. Esa situación, señaló, llevaba a muchos vendedores a priorizar otras formas de cobro.

“La medida soluciona un problema importante para los productores. Estamos muy conformes y evaluaremos su impacto en las próximas semanas, aunque representa una respuesta muy positiva para el contexto actual“, afirmó.

Fuente: canal12misiones.com

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